El Consejo de Gobierno ha aprobado la formulación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del ámbito del Parque Natural Sierra de Castril, en la provincia de Granada, así como el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) de dicho parque natural.
Tal y como señala la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales es el instrumento específico para la delimitación, tipificación, integración en red y determinación de su relación con el resto del territorio, de los sistemas que integran el patrimonio y los recursos naturales de un determinado ámbito espacial.
Dado el tiempo transcurrido desde la aprobación en 2005 del PORN del Parque Natural Sierra de Castril (que sustituyó al de 1994), es necesaria además la actualización de dicho documento y adecuarlos a los cambios que se han ido produciendo en cuanto a las circunstancias ambientales, sociales y económicas, así como a las mejoras por el mayor conocimiento de los recursos naturales y los procesos ecológicos del territorio.
Además, mediante acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2023 se aprobó la formulación del PORN del ámbito de la Sierra de la Sagra, quedando excluidos del mismo unos terrenos pertenecientes al término municipal de Castril y colindantes con el Parque Natural que, por su evidente continuidad ecológica, serán incorporados en la renovación del PORN del Parque Natural Sierra de Castril.
De esta forma, el ámbito territorial del PORN cuya formulación se ha aprobado incluye el ámbito del Parque Natural Sierra de Castril, con su límite norte ajustado al límite del término municipal de Castril; los citados terrenos de la Zona de Especial Conservación de Sierra de la Sagra (que comprenden parte del monte público ‘Las Hazadillas’, propiedad del Ayuntamiento de Castril, y unos terrenos particulares localizados entre el núcleo de población de Fátima y el Alto de las Palomas) y el ámbito territorial del Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), cuya formulación también se ha aprobado.
Como es sabido, los objetivos de los planes de reordenación de los recursos naturales son, entre otros, identificar los espacios y elementos significativos de un territorio y los valores que los caracterizan; señalar el estado de conservación de la biodiversidad y geodiversidad en ese espacio; identificar la capacidad e intensidad de uso de la biodiversidad y las limitaciones que deban establecerse; formular los criterios de las políticas públicas y privadas para que sean compatibles con la biodiversidad del espacio; señalar los regímenes de protección que procedan, así como promover la aplicación de medidas de conservación y restauración de los recursos naturales.
Así, los PORN tendrán, como mínimo, una delimitación del ámbito territorial y de sus características físicas, geológicas y biológicas; una definición del estado de conservación de sus componentes; la determinación de los criterios para la conservación, protección, restauración y uso sostenible de los recursos naturales, así como de las limitaciones que deben hacerse respecto de los usos y actividades; la aplicación de alguno de los regímenes de protección de espacios naturales; los criterios de referencia orientadores en la formulación y ejecución de las diversas políticas aplicables en dicho territorio; una memoria económica, así como las posibles medidas para garantizar la conectividad ecológica en el ámbito territorial.
En cuanto al procedimiento de elaboración de los PORN, éste será el previsto en la normativa de aplicación, correspondiendo su impulso y coordinación a la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Asimismo, de este plan serán informados la Junta Rectora del Parque Natural Sierra de Castril, que además aprobará provisionalmente el PRUG, los ayuntamientos implicados y además serán sometidos a trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales afectados y de las organizaciones sin fines lucrativos y asociaciones vinculadas.
Por último, respecto a la protección de los terrenos afectados, durante el período de elaboración y tramitación del PORN del Parque Natural Sierra de Castril se mantiene vigente el PORN de 2005. Además, en los terrenos anteriormente citados pertenecientes a la ZEN de la Sierra de la Sagra y afectados por la futura renovación del PORN no podrán realizarse actos que supongan una transformación sensible de la realidad física y biológica de los mismos.
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